La
polémica está servida, otra vez. Esta mañana nos hemos levantado con la
siguiente noticia: “C’s
propone una Ley para que la farmacia acceda a la historia clínica”, y como
no, las redes sociales se han hecho eco de la misma. El objetivo principal de
esta ley es “fomentar el reconocimiento y la implementación del modelo de
farmacia asistencial para la prestación de servicios asistenciales”.
Para
abordar un tema delicado como éste, es conveniente ir paso a paso. En primer
lugar, ¿qué es la historia clínica? La historia clínica
es un documento médico-legal que surge del contacto entre el profesional de la
salud y el paciente, donde se recoge la
información necesaria para la correcta atención de los pacientes. La historia
clínica es un documento válido desde el punto de vista clínico y legal, que
recoge información de tipo asistencial, preventivo y social.
¿Qué información recoge la historia clínica? En este documento
de la SEFH nos explican, de manera detallada, la información contenida en la
historia clínica de los pacientes. Entre esa información se encuentra:
- · Datos del centro asistencial.
- · Datos de identificación del paciente.
- · Datos referidos al proceso asistencial.
- · Hojas de curso clínico.
- · Hojas de datos de enfermería y su seguimiento.
- · Hojas de prescripciones médicas.
- · Hojas de resultados y/o informes de otros servicios y demás exploraciones físicas y analíticas.
- · Registros de enfermería.
- · Hoja social.
- · Hojas de autorización.
- · Hojas administrativas.
- · Facultativos, con acceso a toda la historia clínica del paciente.
- · Personal de enfermería, con acceso a los resultados de laboratorio, datos de farmacia e informes de continuidad de cuidados de pacientes a su cargo.
- · Administrativos, con acceso a la transcripción y edición de informes clínicos y de exploraciones complementarias.
Estos
datos los he sacado del País Vasco, pero me imagino que serán prácticamente
iguales en el resto de España.
¿A quién pertenece la historia clínica? Este es, para mí, el punto
fundamental de esta situación. El único dueño y señor de la historia clínica es
el paciente. Es él quién debe permitir el acceso a la misma. Puede pedir en
todo momento, respeto y confidencialidad ante los datos ahí expuestos, y
revocar en cualquier momento el acceso a los mismos, si lo considera
conveniente.
El farmacéutico comunitario lleva tiempo
reclamando poder acceder a estos datos para conseguir así una mejor labor asistencial. En todo acto de dispensación,
el farmacéutico ha de garantizar que el paciente recibe el mejor tratamiento
para su condición clínica, con seguridad y eficacia del mismo, aportando toda
la información necesaria con el fin de conseguir un uso racional del
medicamento. En la dispensación de los medicamentos, el farmacéutico debe
elaborar una serie de preguntas con el fin de averiguar si dicho tratamiento es
adecuado o no para ese paciente. En ocasiones, esta situación puede ser cuanto
menos, un poco desagradable. Hay pacientes que son muy celosos de su intimidad,
algo totalmente lógico por otra parte, y que se sienten “acosados” cuando son
sometidos a una racha de preguntas por parte del profesional. Esta situación la
vivimos a diario quienes estamos detrás del mostrador, tal y como lo reflejé en
su momento en mi post “Un
interrogatorio en la farmacia”.
En mi
opinión, el farmacéutico comunitario debería poder acceder a cierta información
de la historia clínica. No digo toda, pero sí la concerniente al tratamiento y
su seguridad. Creo que sería interesante que el farmacéutico tuviese
conocimiento acerca del diagnóstico emitido, valores analíticos que puedan
crear una situación de alerta ante el tratamiento impuesto y su seguimiento,
antecedentes personales, otros tratamientos concomitantes, alergias y
contraindicaciones a los tratamientos, etc. Es decir, toda aquella información que pueda ayudarnos a garantizar
que el tratamiento que recibe ese paciente es seguro y eficaz.
Los datos de salud son críticos y, desde la farmacia, somos
totalmente conscientes de ello. Por ley, todas las oficinas de farmacia tienen
implantados un sistema de protección de
datos que debe ser evaluado periódicamente. En ningún momento esos datos
pueden ser difundidos ni darles la mínima publicidad. El paciente debe saber
que el farmacéutico es un profesional que vela por su salud y que, para
conseguir este objetivo, debe disponer de toda la información relevante que sea
necesaria para un uso racional del medicamento. No queremos ser cotillas,
permitidme esta pequeña reflexión. No podemos esta información porque sí, la
pedimos porque la necesitamos.
Ya para
terminar, una última puntualización repetitiva, en este caso. El paciente es el dueño de su historia
clínica, debe ser él quién decida qué podemos y que no podemos saber. Pero
no sólo a los farmacéuticos, sino a todos los demás profesionales. El paciente debe
saber, y así se lo debemos hacer ver, que para realizar nuestra labor
asistencial, debemos tener cierta información. Nada más. Sin polémicas.
Repito, ésta es mi opinión y ahora que se abra el debate.
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